02 de August del 2024
La escasez del agua en todo México se ha convertido en uno de los temas de mayor preocupación en el país, sobre todo ahora que diversas presas están por debajo de sus niveles hídricos y atraviesas sus peores crisis, como el Sistema Cutzamala. Una de las iniciativas del paquete de reformas que el presidente AMLO r ha presentado y que busca poner en marcha es precisamente una que busca combatir la falta de este líquido.
Y es que el presidente busca hacer respetar las zonas con escasez de agua y sólo autorizar concesiones de uso doméstico, protegiendo así a las poblaciones que se enfrentan a problemas graves de abastecimiento o sequía
La iniciativa de reforma en materia de Medio Ambiente busca modificar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para prohibir dar contratos a empresas, especialmente las mineras, y con ello se evite la extracción de agua en una práctica conocida como fracking.
El “fracking”, también conocido como fracturamiento hidráulico, es una técnica utilizada en la industria petrolera para extraer petróleo y gas natural de formaciones rocosas subterráneas. Consiste en inyectar a alta presión una mezcla de agua, arena y productos químicos en el subsuelo para fracturar la roca y liberar los hidrocarburos atrapados en su interior.
Esta técnica ha permitido acceder a reservas de petróleo y gas que antes eran consideradas inaccesibles, pero también ha generado controversia por sus potenciales impactos ambientales.
Asimismo, se busca poner un alto a la empresas que se ven atraídas por el nearshoring ?una práctica en la que las compañías trasladan sus operaciones o servicios a países cercanos?, principalmente en el norte y centro del país, zonas en las que no hay mucha disponibilidad de agua.
¿De qué va la iniciativa?
Proyecto de Decreto por el que se Reforman Diversas Disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en Materia de Derecho a la Alimentación, Medio Ambiente Sano y Derecho al Agua propone que el gobierno autorice asignaciones para garantizar el consumo personal y uso doméstico del agua y no otorgar concesiones en zonas con baja disponibilidad de agua en cantidad y calidad.
Con ella se busca impedir prácticas que dañan el medio ambiente y la salud de la población mediante la prohibición de las actividades de minería a cielo abierto y del fracturamiento hidráulico (fracking) con agua como fluido base, para la extracción de hidrocarburos.
“Con estas propuestas se garantiza que la población de nuestro país goce de un acceso amplio y progresivo al derecho a la alimentación, al derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar, así como al derecho de acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible, previstos en el artículo 4o. constitucional, en sus párrafos quinto y sexto, respectivamente”, se lee.
Las principales modificaciones a la constitución en materia de agua son las siguientes:
•Se establece la preferencia del consumo personal y doméstico de agua sobre cualquier otro uso, garantizando así el derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible.
•Se prohíbe el otorgamiento de concesiones de agua en zonas con escasez de agua, para asegurar la disponibilidad del recurso para el consumo de las personas y su uso doméstico.
•Se introduce una reforma para prohibir la minería a cielo abierto en minerales, metales y metaloides, así como la extracción de hidrocarburos líquidos y gaseosos en yacimientos petroleros no convencionales mediante la técnica de fracking o fracturamiento hidráulico.
•Se refuerza la propiedad inalienable e imprescriptible de la Nación sobre el petróleo, los hidrocarburos y los recursos naturales, especificando que no se otorgarán concesiones para su explotación. Se permite que el Estado pueda realizar estas actividades mediante asignaciones o contratos con empresas productivas del Estado o particulares, pero siempre excluyendo la técnica de fracking.
•Se establecen sanciones para quienes realicen actividades de minería a cielo abierto y fracturamiento hidráulico.
Las modificaciones se harían a los siguientes artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:
Artículo 4: Se reforman los párrafos tercero, quinto y sexto. Se adiciona un nuevo párrafo referente al derecho a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad, al derecho a un medio ambiente sano y al derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible, estableciendo su preferencia sobre cualquier otro uso.
Artículo 27: Se reforma el párrafo sexto para prohibir el otorgamiento de concesiones de agua en zonas con escasez de agua, asegurando que sólo se autorizarán asignaciones destinadas a centros de población para garantizar el consumo personal y uso doméstico. Además, se reforma el párrafo séptimo y se adiciona un párrafo octavo (recorriendo en su orden los subsiguientes), para tratar la prohibición del fracturamiento hidráulico para la extracción de hidrocarburos y otros temas relacionados con el dominio de la Nación sobre los recursos naturales, minerales y energéticos. Se establece también la prohibición de la minería a cielo abierto y la extracción de hidrocarburos mediante fracking, junto con las condiciones para explotar otros recursos naturales y la sanción a actividades prohibidas.
Estas modificaciones tienen el objetivo de fortalecer el acceso al agua como un derecho humano, proteger el medio ambiente y limitar actividades industriales que puedan afectar los recursos naturales y la salud de la población.
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